Facultativos y Técnicos
PREGUNTAS FRECUENTES AL PROCESO DE FACULTATIVOS Y TÉCNICOS (BOE del 14 de enero de 2026, de la resolución de 9 de enero de 2026)
PREGUNTAS FRECUENTES (Actualización)
Dadas las diferentes dudas y preguntas recibidas en la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales y Protección Socio-Sanitaria, relacionadas con la publicación en el BOE del 14 de enero de 2026, de la resolución de 9 de enero de 2026 en virtud de la cual se convoca proceso selectivo para la provisión de plazas de personal facultativo y técnico de la Policía Nacional; en coordinación con la División de Personal y con la División de Formación y Perfeccionamiento, se ha elaborado este apartado de “Preguntas Frecuentes”, habiendo agrupado en el mismo las respuestas a las diferentes dudas y preguntas planteadas.
- ¿Al ser funcionarios de carrera todos los convocados, como queda su situación administrativa respecto a su administración de origen? ¿Han de cambiar su situación administrativa (ej. solicitar excedencia) durante la realización del curso y las prácticas?
Al tratarse de funcionarios de carrera que superan un proceso selectivo para ingresar en alguna de las plazas de Facultativos y Técnicos de la Policía Nacional, la situación administrativa concreta depende estrictamente de lo que dictamine la Administración de origen, ateniéndose a su normativa de función pública aplicable, así como a las previsiones de incompatibilidades específicas de la Policía Nacional.
- Gestión y dependencia de la Administración de origen: Es el organismo o administración donde el aspirante es titular de su puesto de origen el que debe tramitar y resolver formalmente el pase a la situación administrativa que corresponda (pudiendo tramitarse una excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público, licencia por estudios u otras fórmulas contempladas en su régimen estatutario).
- Compatibilización con el curso y las prácticas: Los aspirantes han de realizar los trámites pertinentes con su administración de origen para adaptar su situación (solicitando la excedencia o el cambio de situación que proceda) de forma previa o simultánea a su nombramiento como funcionarios en prácticas o alumnos e incorporación al curso selectivo de la Policía Nacional, garantizando así el cumplimiento de la normativa de incompatibilidades y el régimen de personal específico de la Policía Nacional.
2. ¿Desde qué fecha son dados de alta en la Dirección General de la Policía (DGP)?
El alta administrativa en la DGP se haría efectiva a partir de la fecha en que las personas sean declaradas admitidas a la fase del curso de especialización por resolución de la persona titular de la DGP, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación de las fechas y centro docente policial en el que se realizará, y se incorporen efectivamente al citado curso de especialización.
Dada la diversidad de los regímenes de previsión social de procedencia que podrían ostentar los aspirantes (MUFACE, ISFAS, MUJEJU o la Seguridad Social), el proceso de alta -si es que se requiere durante la fase del curso de especialización, cuestión que habría que verificar caso a caso- precisa una gestión técnica y coordinada. En este sentido, el aspirante deberá comunicar a la División de Formación y Perfeccionamiento -tan pronto se produzca la resolución convocando a los aspirantes al curso de especialización, siempre a ser posible con carácter previo al inicio del curso- su régimen de origen para que los servicios competentes puedan articular correctamente la transición de las cotizaciones y evitar duplicidades o lagunas de cobertura durante el periodo de formación y prácticas.
3. ¿Qué trámites administrativos han de realizar con sus administraciones de origen desde previamente al comienzo del curso hasta su finalización y toma de destino?
Presentar un escrito dirigido al órgano de Personal (Recursos Humanos) de la Administración de origen, adjuntando la copia/s de la/s resoluciones donde vayan figurando, y en la fase concreta del proceso donde se encuentren, para informar de ello y obtener la correspondiente resolución en la que se determine la situación administrativa en la que quedan e iniciar la situación correspondiente.
4. ¿Existe compatibilidad con otros puestos de trabajo en la fase de distancia del curso de especialización? ¿Y durante el resto del curso?
Durante la realización de las fases no presenciales o a distancia, así como durante el desarrollo de los cursos selectivos de formación de carácter oficial y policial, no sería posible percibir retribuciones simultáneamente por dos puestos en el sector público, ya que la normativa de incompatibilidades (Ley 53/1984) prohíbe estrictamente percibir más de una retribución con cargo a los presupuestos públicos.
Del mismo modo, la asistencia a los cursos presenciales y la realización de prácticas profesionales pueden ser incompatibles con el ejercicio simultáneo de un puesto de trabajo en el sector privado; no obstante, en estos casos podría ser necesario dirigir una consulta individualizada a la Oficina de Conflictos de Intereses, órgano competente para resolver estas cuestiones.
5. ¿La parte de formación descentralizada puede realizarse desde cualquier ciudad/país? ¿Durante esta fase hay que personarse en algún momento en las instalaciones policiales?
La realización de la parte descentralizada de la fase de curso de especialización es íntegramente a distancia (online) y no se precisa presencia física en una localización concreta durante su realización, requiriendo que los participantes dispongan de medios telemáticos para la realización de esta.
De ser convocados los participantes para personarse en dependencias policiales, esta convocatoria se realizaría en forma y con la antelación necesaria.
6. ¿Es necesario algún tipo de equipamiento informático específico, o de otro tipo, para la realización de la fase descentralizada?
La parte descentralizada puede realizarse con medios informáticos estándar y con la disponibilidad de una conexión a internet.
7. ¿La formación práctica tendrá lugar en la plantilla asignada, como indica el BOE, pero es factible solicitar la realización de prácticas en otra plantilla?
La Resolución de 9 de enero de 2026, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de plazas de personal facultativo y técnico del Cuerpo Nacional de Policía es clara al respecto: “Quienes hubieren superado el curso de especialización, iniciarán el módulo de formación práctica de tres meses de duración en el puesto de trabajo”. Dicho puesto se asignará para cada especialidad a “las personas aspirantes con mayor puntuación en número igual al de las plazas convocadas, de conformidad con el orden de prelación establecido en su solicitud”.
La concesión de realización de las prácticas en plantilla distinta, en su caso, debería fundamentarse en criterios de necesidad de la especialidad y ser autorizado por Jefe de la División de Formación y Perfeccionamiento, a solicitud del Jefe de la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales y Protección Socio-Sanitaria.
8. ¿Dado que han quedado vacantes de la especialidad de medicina, es factible solicitar reasignación (posterior) en alguna de las vacantes no cubiertas mediante el concurso-oposición? ¿De ser factible, cual es el procedimiento a seguir?
A tenor de las bases de la convocatoria, “las vacantes que se produzcan como consecuencia de las renuncias efectuadas por los/as designados/as para la realización del curso, ya no podrán proveerse, quedando la plaza desierta”. De igual forma sucede con las derivadas de la no inclusión en el orden de prelación de los aspirantes, no siendo posible ni en uno ni en otro supuesto su reasignación posterior.
La forma de provisión de las plazas desiertas debe atenerse a las formas de provisión previstas en los artículo 47 y 49 de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, siendo posible su cobertura mediante el sistema de Concurso Específico de Méritos, o de forma temporal mediante comisión de servicios, encontrándose el procedimiento a seguir regulado en el Real Decreto 997/1989, de 28 de julio por el que se aprueba el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo de la Dirección General de la Policía y en el Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
9. ¿Qué consecuencias jurídicas se derivan de renunciar voluntariamente al puesto durante el periodo del curso especializado, prácticas o tras la toma del puesto? ¿Sería factible el retorno a la Administración de origen? ¿Hay alguna disposición normativa que establezca penalización por esta renuncia?
Habría que diferenciar entre el supuesto de encontrarse en formación o prácticas, en cuyo caso se produce una exclusión del proceso con pérdida de cualquier expectativa y la renuncia tras la toma de posesión del puesto definitivamente asignado. En este supuesto ya no se produciría la exclusión del proceso, sino que sería una renuncia a la condición de funcionario del art. 5.1.b) de la LO 9/2015, que supondría la pérdida de la condición de funcionario de carrera de la Policía Nacional.
Respecto a la factibilidad del retorno a la Administración de origen, si la renuncia se produce estando en situación de excedencia voluntaria, por prestación de servicios en el sector público o en disfrute de licencia por estudios, el derecho al reingreso en el cuerpo o escala de origen está regulado por la normativa de función pública y supeditado a la interpretación que realice la administración de procedencia. Por lo general, la pérdida de la condición de alumno o funcionario en prácticas en el nuevo cuerpo permitiría solicitar el reingreso al servicio activo o la adscripción provisional en la administración de origen, conforme a los plazos y procedimientos legalmente establecidos.
No obstante, conviene matizar que si la desvinculación se produjera por sanción disciplinaria u otros motivos específicos previstos en la normativa, las consecuencias jurídicas podrían variar.
10. ¿Es factible presentar renuncia tras la toma de posesión?
Como queda reflejado en la Base 15 de la convocatoria: “De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 del Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional, atendiendo a las peculiaridades de la función policial a la que el personal facultativo y técnico presta su apoyo, y para garantizar la atención a las necesidades que justifican la convocatoria de estas plazas, quienes accedieran a las mismas tendrán un compromiso de permanencia de cinco años a partir de la toma de posesión, durante el tiempo en el que esté vigente el compromiso no se podrá regresar al cuerpo, escala o categoría de la que procediera el funcionario o funcionaria.
El incumplimiento del compromiso de permanencia generará la reclamación del coste del proceso selectivo el cual queda establecido en la presente Convocatoria, en la cantidad de 3000 euros.”
En este supuesto se trataría de una renuncia a la condición de funcionario del art. 5.1.b) de la LO 9/2015, que supondría la pérdida de la condición de funcionario de carrera de la Policía Nacional.
11. ¿Es necesario algún tipo de uniformidad durante la realización del curso?
La realización de las fases: c) curso de especialización y d) módulo de formación práctica en puesto de trabajo, no requiere portar uniformidad alguna. Los opositores vestirán ropas civiles apropiadas a las actividades que en cada momento se desarrollen.
12. ¿La aceptación de acceso a la fase del curso de especialización ha de notificarse oficialmente?
No es necesaria notificación de la aceptación de acceso a la fase del curso de especialización. No obstante, la incomparecencia al curso de especialización o a la fase del módulo de formación práctica en el puesto de trabajo, así como el incumplimiento de la toma de posesión de la plaza asignada, por causas no justificadas, se entenderán renuncias tácitas.
13. ¿Qué tipo de retribuciones se reciben durante el curso de especialización y la fase de prácticas? ¿Es incompatible con recibir otras retribuciones? ¿El salario contemplado durante el curso de especialización incluye algún aspecto en materia de complementos del puesto de origen? ¿El salario contemplado durante la fase de formación práctica difiere de la de la fase del curso de especialización?
Según establece el Real Decreto 213/2003 que regula las retribuciones de los funcionarios en prácticas, el artículo 2 contempla específicamente la situación de los empleados públicos que ya prestan servicios en la Administración y superan un nuevo proceso selectivo, los cuales deberán optar al comienzo del periodo de prácticas o del curso selectivo por:
Opciones de retribución (Artículo 2, RD 213/2003)
- Opción A (Puesto de origen): Percibir las retribuciones del puesto de trabajo que venían desempeñando hasta la fecha del nombramiento como funcionarios en prácticas, más los trienios reconocidos.
- Opción B (Nuevo Cuerpo/Escala): Percibir el sueldo base y las pagas extraordinarias correspondientes al grupo/subgrupo del nuevo Cuerpo o Escala al que aspiran a ingresar, más los trienios reconocidos. Si las prácticas se realizan desempeñando un puesto de trabajo, el importe de las retribuciones anteriores se incrementarán en las retribuciones complementarias correspondientes a dicho puesto.
Aplicación práctica del cobro y pagador
- Si se elige la Opción A: El pago lo realiza el organismo de origen durante toda la fase de prácticas/curso selectivo hasta que se produzca el nombramiento definitivo como facultativo/Técnico
- Si se elige la Opción B: El pago pasa a realizarlo la Dirección General de la Policía:
- Fase teórica / Curso selectivo: Se perciben exclusivamente las retribuciones básicas (Sueldo del nuevo grupo + Trienios + Pagas extra).
- Fase de prácticas (desempeñando puesto): Se perciben las retribuciones básicas del nuevo grupo más las retribuciones complementarias asignadas al puesto de trabajo que se ocupe temporalmente durante esa fase práctica.
Facultativos y Técnicos
APTOS Y CURSO DE FORMACIÓN
ACUERDO DE 31 DE JULIO DE 2026 DEL TRIBUNAL CALIFICADOR POR LA QUE SE HACEN PÚBLICAS LAS LISTAS DE LAS PERSONAS QUE HABIENDO SUPERADO LAS FASES DE OPOSICIÓN Y CONCURSO SON CONVOCADAS A LA FASE DE CURSO DE ESPECIALIZACIÓN Y A LA FASE DE MÓDULO DE FORMACIÓN PRÁCTICA EN EL PUESTO DE TRABAJO DEL PROCESO SELECTIVO DE PERSONAL FACULTATIVO Y TÉCNICO DE LA POLICÍA NACIONAL.-
RESULTADOS FASE CONCURSO CON PLAZA
https://www.policia.es/portalaspirantes/group/escala-basica-ejecutiva/publicacionpolrec-11-29
RESULTADOS FASE CONCURSO SIN PLAZA ACPRL
https://www.policia.es/portalaspirantes/group/escala-basica-ejecutiva/publicacionpolrec-11-27
RESULTADOS FASE CONCURSO SIN PLAZA AS
https://www.policia.es/portalaspirantes/group/escala-basica-ejecutiva/publicacionpolrec-11-28
Facultativos y Técnicos
NOTA INFORMATIVA SOBRE INICIO DEL CURSO
NOTA INFORMATIVA
Se comunica a todas aquellas personas admitidas en la fase de concurso en el actual proceso selectivo para la provisión de plazas de personal facultativo y técnico de la Policía Nacional, aprobado por Resolución de la Dirección General de la Policía de 9 de enero de 2026 (B.O.E. nº 12 de 14 de enero de 2026), lo siguiente:
Que aquellas personas que superen la fase de concurso y sean declaradas admitidas a la fase del curso de especialización, serán convocadas oportunamente para la realización del mismo. Dicho curso de especialización tendrá una duración de tres meses de carácter selectivo, estando exento de su realización el personal funcionario de carrera de la Policía Nacional.
El curso de especialización se impartirá en las instalaciones de la División de Formación y Perfeccionamiento siendo las fechas de realización las siguientes:
a) Del 2 de septiembre al 2 de diciembre de 2026
1.- El curso de especialización se estructurará salvo causas sobrevenidas de la siguiente forma:
a) Jornada inicial presencial del curso de especialización. Día 2 de septiembre de 2026, en el Centro de Altos Estudios Policiales de la División de Formación y Perfeccionamiento, sita en la Plaza de Carabanchel nº 5 de Madrid.
b) Formación descentralizada. Dará comienzo el día 03 septiembre de 2026, finalizando el día 04 de octubre de 2026 inclusive.
c) Formación presencial del curso de especialización. A realizar en el Centro de Altos Estudios Policiales de la División de Formación y Perfeccionamiento,sita en la Plaza de Carabanchel nº 5 de Madrid, desde el 05 de octubre de 2026, hasta el día 02 de diciembre de 2026 (ambos inclusive).
2.- Las personas aspirantes que superen la fase de curso de especialización, iniciarán la fase del módulo de formación práctica en la sede del puesto de trabajo de la plaza adjudicada, que comenzará el día 3 de diciembrede2026 finalizando el día3 de marzo de 2027 (ambos inclusive).
Facultativos y Técnicos
NOTA INFORMATIVA
Se comunica a todas aquellas personas admitidas en la fase de concurso en el actual proceso selectivo para la provisión de plazas de personal facultativo y técnico de la Policía Nacional, aprobado por Resolución de la Dirección General de la Policía de 9 de enero de 2026 (B.O.E. nº 12 de 14 de enero de 2026), lo siguiente:
Con motivo de la reunión del tribunal de facultativos y técnicos celebrada el día 02/07/2026, y por ACUERDO del mismo, se determina que “TODAS las personas admitidas a la Fase de Concurso” dispondrán de un plazo de siete días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del ACUERDO para presentar los méritos establecidos en las bases de la convocatoria.
La documentación para la valoración de méritos preferiblemente deberá remitirse desde una dependencia de Policía Nacional a la Oficina de Registro,-REGPOL- 0040007 (SGRHF-UND PREVENCION Y RL Y PROTEC.SOCIO-SANITARIA). Por otra parte, si se tramitara desde una dependencia diferente a Policía Nacional, deberá remitirse al código- SIR EA0058890-, “Unidad de Prevención de Riesgos Laborales y Protección Socio-Sanitaria“.
Los archivos digitales deberán adjuntarse en formato PDF, con un único archivo PDF que incluya los diplomas y certificados de los diferentes cursos y actividades formativas que se presenten.
Los méritos que serán valorados habrán de estar fechados con anterioridad a la fecha límite establecida en el plazo de inscripción en el proceso selectivo.
Facultativos y Técnicos
RESULTADOS SEGUNDO EJERCICIO Y SUMATORIO FASE DE OPOSICIÓN. LISTA DE PERSONAS ADMITIDAS A LA FASE CONCURSO.
ACUERDO DE 02 DE JULIO DE 2026 DEL TRIBUNAL CALIFICADOR POR EL QUE SE HACEN PÚBLICAS LAS LISTAS DE LAS PERSONAS QUE HAN SUPERADO EL SEGUNDO EJERCICIO (ENTREVISTA PERSONAL) DE SELECCIÓN PARA EL PROCESO DE PERSONAL FACULTATIVO Y TÉCNICO Y PERSONAS ADMITIDAS A LA FASE DE CONCURSO.-
LA CONSULTA DE SU NOTA INDIVIDUALIZADA EN LA FASE DE OPOSICIÓN SE PODRÁ REALIZAR A TRAVÉS DEL SIGUIENTE ENLACE O A TRAVÉS DE LA SECCIÓN DE MIS INSCRIPCIONES:
https://www.policia.es/portalaspirantes/group/escala-basica-ejecutiva/publicacionpolrec-11-24
Facultativos y Técnicos
Información justificantes aistencia a procesos de facultativos y técnicos.
Se informa a todo el personal opositor que necesite un justificante de asistencia a la entrevista personal de Facultativos y Técnicos realizada los días 24, 25 y 26 de junio de 2026, en la Sede de la División de Formación y Perfeccionamiento, deberá remitir un correo electrónico a procesos.dfp@policia.es, identificándose e indicando el correo electrónico al que quiere que se le reenvíe.
Facultativos y Técnicos
Consulta de notas del proceso de facultativos y técnicos.
Se informa de que, debido a un error técnico ajeno a la Unidad de Procesos Selectivos de la División de Formación y Perfeccionamiento de la Policía Nacional, algunas personas aspirantes al proceso están experimentando un error a la hora de realizar la consulta personalizada de los resultados obtenidos en el primer ejercicio y la convocatoria al segundo.
En la noticia, a la que hace referencia el siguiente enlace, se adjunta la resolución del tribunal calificador en la que se muestran la fechas a las que cada uno de los opositores deben acudir para la realización del segundo ejercicio.
Relación de fechas y hora de la convocatoria a entrevista según la modadlidad:
ENFERMERÍA (TURNO MAÑANA):
Lugar: División de Formación y Perfeccionamiento
Dirección: Plaza de Carabanchel, Nº 5 - MADRID.
Día y hora: 24 de junio de 2026 a las 10:00 horas.
PSICOLOGÍA Y FISIOTERAPIA (TURNO TARDE):
Lugar: División de Formación y Perfeccionamiento.
Dirección: Plaza de Carabanchel, Nº 5 - MADRID.
Día y hora: 25 de junio de 2026 a las 16:00 horas.
MEDICINA, PSIQUIATRÍA Y VETERINARIA (TURNO MAÑANA):
Lugar: División de Formación y Perfeccionamiento.
Dirección: Plaza de Carabanchel, Nº 5 - MADRID.
Día y hora: 26 de junio de 2026 a las 10:00 horas.
Se informa a todos los aspirantes que resulten calificados como “APTOS” en el segundo ejercicio (Entrevista Personal) y que, hasta la fecha “NO” hayan presentado ni acreditado los requisitos y méritos establecidos en el apartado 5 de las bases de la Resolución de la Dirección General de la Policía de 9 de enero de 2026 (B.O.E. nº 13 de 14 de enero de 2026) para su baremación en la fase de concurso, que próximamente se habilitará un plazo específico para su presentación.
Asimismo, se comunicará oportunamente el procedimiento y la vía habilitada para la remisión de la documentación correspondiente.
Facultativos y Técnicos
RESULTADOS PRIMER EJERCICIO Y CONVOCATORIA AL SEGUNDO EJERCICIO
ACUERDO DE 18 DE JUNIO DE 2026 DEL TRIBUNAL CALIFICADOR POR EL QUE SE HACEN PÚBLICAS LAS LISTAS DE LAS PERSONAS PARTICIPANTES QUE HAN SUPERADO EL PRIMER EJERCICIO DE SELECCIÓN PARA EL PROCESO DE SELECCIÓN DE PERSONAL FACULTATIVO Y TÉCNICO EN LA CONVOCATORIA DEL AÑO 2026 Y CONVOCATORIA AL SEGUNDO EJERCICIO DE LAS PERSONAS APTAS.
LA CONSULTA DE SU NOTA INDIVIDUALIZADA SE PODRÁ REALIZAR A TRAVÉS DEL SIGUIENTE ENLACE O A TRAVÉS DE LA SECCIÓN DE MIS INSCRIPCIONES:
https://www.policia.es/portalaspirantes/group/escala-basica-ejecutiva/publicacionpolrec-11-23
Facultativos y Técnicos
NOTA INFORMATIVA
Se comunica a todas aquellas personas inscritas en el actual proceso selectivo para la provisión de plazas de Personal Facultativo y Técnico de la Policía Nacional, aprobado por Resolución de la Dirección General de la Policía de 9 de enero de 2026 (B.O.E. nº 13 de 14 de enero de 2026), lo siguiente:
Que próximamente se publicará oficialmente por este mismo medio el listado de los aptos en el primer ejercicio (Prueba Teórica), cuyos resultados podrán consultarse de manera individualizada y la convocatoria al segundo ejercicio (Entrevista Personal), siendo la previsión salvo causas sobrevenidas, la siguiente:
- ENFERMERÍA (TURNO MAÑANA):
Lugar: División de Formación y Perfeccionamiento
Dirección: Plaza de Carabanchel, Nº 5 - MADRID.
Día y hora: 24 de junio de 2026 a las 10:00 horas.
- PSICOLOGÍA Y FISIOTERAPIA (TURNO TARDE):
Lugar: División de Formación y Perfeccionamiento.
Dirección: Plaza de Carabanchel, Nº 5 - MADRID.
Día y hora: 25 de junio de 2026 a las 16:00 horas.
- MEDICINA, PSIQUIATRÍA Y VETERINARIA (TURNO MAÑANA):
Lugar: División de Formación y Perfeccionamiento.
Dirección: Plaza de Carabanchel, Nº 5 - MADRID.
Día y hora: 26 de junio de 2026 a las 10:00 horas.
Facultativos y Técnicos
Plantillas de exámenes
Plantillas de los exámenes de Facultativos y Técnicos realizados en el día de hoy, 12 de junio de 2026.