Actualidad
Policía Nacional
PUBLICACIÓN CARTAS DE APTOS
Se recuerda a las personas nombradas APTAS para la realización del curso de formación en la Escuela Nacional de Policía de Ávila, tanto Inspectores/as alumnos/as como Policías alumnos/as, que ya disponen de la carta de presentación la cual deberán aportar, junto con la documentación solicitada, el día de la presentación en este centro de formación.
Seguridad Privada
03/2026. CAMBIO DE SEDE
NOTA INFORMATIVA
De acuerdo con la Resolución de 9 de enero de 2026, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueban las bases de las convocatorias de pruebas de selección para vigilante de seguridad y su especialidad de vigilante de explosivos y escolta privado, para el año 2026 y concretamente con el apartado 4.1 de las bases de dicha convocatoria, se comunica:
Que en relación a la Convocatoria 3-2026 se SUPRIME como sede la ciudad de Granada designándose como NUEVA sede la ciudad de Jaén.
Policía Nacional
ÚLTIMAS HORAS PLAZO DE SUBSANACION EE41 Y EB43
Se recuerda a todas las personas aspirantes a los procesos de Escala Ejecutiva (categoría de Inspector) y Escala Básica (categoría de Policía) que el plazo de subsanación de instancias finaliza HOY 27/08/26 a las 23:59 horas. Todas aquellas personas que figuraban como EXCLUIDOS PROVISIONALES y no hayan subsanado los errores por las causas comunicadas, serán EXCLUIDOS DEFINITIVAMENTE del proceso/s a los que aspiraban participar.
Facultativos y Técnicos
PREGUNTAS FRECUENTES AL PROCESO DE FACULTATIVOS Y TÉCNICOS (BOE del 14 de enero de 2026, de la resolución de 9 de enero de 2026)
PREGUNTAS FRECUENTES (Actualización)
Dadas las diferentes dudas y preguntas recibidas en la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales y Protección Socio-Sanitaria, relacionadas con la publicación en el BOE del 14 de enero de 2026, de la resolución de 9 de enero de 2026 en virtud de la cual se convoca proceso selectivo para la provisión de plazas de personal facultativo y técnico de la Policía Nacional; en coordinación con la División de Personal y con la División de Formación y Perfeccionamiento, se ha elaborado este apartado de “Preguntas Frecuentes”, habiendo agrupado en el mismo las respuestas a las diferentes dudas y preguntas planteadas.
- ¿Al ser funcionarios de carrera todos los convocados, como queda su situación administrativa respecto a su administración de origen? ¿Han de cambiar su situación administrativa (ej. solicitar excedencia) durante la realización del curso y las prácticas?
Al tratarse de funcionarios de carrera que superan un proceso selectivo para ingresar en alguna de las plazas de Facultativos y Técnicos de la Policía Nacional, la situación administrativa concreta depende estrictamente de lo que dictamine la Administración de origen, ateniéndose a su normativa de función pública aplicable, así como a las previsiones de incompatibilidades específicas de la Policía Nacional.
- Gestión y dependencia de la Administración de origen: Es el organismo o administración donde el aspirante es titular de su puesto de origen el que debe tramitar y resolver formalmente el pase a la situación administrativa que corresponda (pudiendo tramitarse una excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público, licencia por estudios u otras fórmulas contempladas en su régimen estatutario).
- Compatibilización con el curso y las prácticas: Los aspirantes han de realizar los trámites pertinentes con su administración de origen para adaptar su situación (solicitando la excedencia o el cambio de situación que proceda) de forma previa o simultánea a su nombramiento como funcionarios en prácticas o alumnos e incorporación al curso selectivo de la Policía Nacional, garantizando así el cumplimiento de la normativa de incompatibilidades y el régimen de personal específico de la Policía Nacional.
2. ¿Desde qué fecha son dados de alta en la Dirección General de la Policía (DGP)?
El alta administrativa en la DGP se haría efectiva a partir de la fecha en que las personas sean declaradas admitidas a la fase del curso de especialización por resolución de la persona titular de la DGP, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación de las fechas y centro docente policial en el que se realizará, y se incorporen efectivamente al citado curso de especialización.
Dada la diversidad de los regímenes de previsión social de procedencia que podrían ostentar los aspirantes (MUFACE, ISFAS, MUJEJU o la Seguridad Social), el proceso de alta -si es que se requiere durante la fase del curso de especialización, cuestión que habría que verificar caso a caso- precisa una gestión técnica y coordinada. En este sentido, el aspirante deberá comunicar a la División de Formación y Perfeccionamiento -tan pronto se produzca la resolución convocando a los aspirantes al curso de especialización, siempre a ser posible con carácter previo al inicio del curso- su régimen de origen para que los servicios competentes puedan articular correctamente la transición de las cotizaciones y evitar duplicidades o lagunas de cobertura durante el periodo de formación y prácticas.
3. ¿Qué trámites administrativos han de realizar con sus administraciones de origen desde previamente al comienzo del curso hasta su finalización y toma de destino?
Presentar un escrito dirigido al órgano de Personal (Recursos Humanos) de la Administración de origen, adjuntando la copia/s de la/s resoluciones donde vayan figurando, y en la fase concreta del proceso donde se encuentren, para informar de ello y obtener la correspondiente resolución en la que se determine la situación administrativa en la que quedan e iniciar la situación correspondiente.
4. ¿Existe compatibilidad con otros puestos de trabajo en la fase de distancia del curso de especialización? ¿Y durante el resto del curso?
Durante la realización de las fases no presenciales o a distancia, así como durante el desarrollo de los cursos selectivos de formación de carácter oficial y policial, no sería posible percibir retribuciones simultáneamente por dos puestos en el sector público, ya que la normativa de incompatibilidades (Ley 53/1984) prohíbe estrictamente percibir más de una retribución con cargo a los presupuestos públicos.
Del mismo modo, la asistencia a los cursos presenciales y la realización de prácticas profesionales pueden ser incompatibles con el ejercicio simultáneo de un puesto de trabajo en el sector privado; no obstante, en estos casos podría ser necesario dirigir una consulta individualizada a la Oficina de Conflictos de Intereses, órgano competente para resolver estas cuestiones.
5. ¿La parte de formación descentralizada puede realizarse desde cualquier ciudad/país? ¿Durante esta fase hay que personarse en algún momento en las instalaciones policiales?
La realización de la parte descentralizada de la fase de curso de especialización es íntegramente a distancia (online) y no se precisa presencia física en una localización concreta durante su realización, requiriendo que los participantes dispongan de medios telemáticos para la realización de esta.
De ser convocados los participantes para personarse en dependencias policiales, esta convocatoria se realizaría en forma y con la antelación necesaria.
6. ¿Es necesario algún tipo de equipamiento informático específico, o de otro tipo, para la realización de la fase descentralizada?
La parte descentralizada puede realizarse con medios informáticos estándar y con la disponibilidad de una conexión a internet.
7. ¿La formación práctica tendrá lugar en la plantilla asignada, como indica el BOE, pero es factible solicitar la realización de prácticas en otra plantilla?
La Resolución de 9 de enero de 2026, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de plazas de personal facultativo y técnico del Cuerpo Nacional de Policía es clara al respecto: “Quienes hubieren superado el curso de especialización, iniciarán el módulo de formación práctica de tres meses de duración en el puesto de trabajo”. Dicho puesto se asignará para cada especialidad a “las personas aspirantes con mayor puntuación en número igual al de las plazas convocadas, de conformidad con el orden de prelación establecido en su solicitud”.
La concesión de realización de las prácticas en plantilla distinta, en su caso, debería fundamentarse en criterios de necesidad de la especialidad y ser autorizado por Jefe de la División de Formación y Perfeccionamiento, a solicitud del Jefe de la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales y Protección Socio-Sanitaria.
8. ¿Dado que han quedado vacantes de la especialidad de medicina, es factible solicitar reasignación (posterior) en alguna de las vacantes no cubiertas mediante el concurso-oposición? ¿De ser factible, cual es el procedimiento a seguir?
A tenor de las bases de la convocatoria, “las vacantes que se produzcan como consecuencia de las renuncias efectuadas por los/as designados/as para la realización del curso, ya no podrán proveerse, quedando la plaza desierta”. De igual forma sucede con las derivadas de la no inclusión en el orden de prelación de los aspirantes, no siendo posible ni en uno ni en otro supuesto su reasignación posterior.
La forma de provisión de las plazas desiertas debe atenerse a las formas de provisión previstas en los artículo 47 y 49 de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, siendo posible su cobertura mediante el sistema de Concurso Específico de Méritos, o de forma temporal mediante comisión de servicios, encontrándose el procedimiento a seguir regulado en el Real Decreto 997/1989, de 28 de julio por el que se aprueba el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo de la Dirección General de la Policía y en el Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
9. ¿Qué consecuencias jurídicas se derivan de renunciar voluntariamente al puesto durante el periodo del curso especializado, prácticas o tras la toma del puesto? ¿Sería factible el retorno a la Administración de origen? ¿Hay alguna disposición normativa que establezca penalización por esta renuncia?
Habría que diferenciar entre el supuesto de encontrarse en formación o prácticas, en cuyo caso se produce una exclusión del proceso con pérdida de cualquier expectativa y la renuncia tras la toma de posesión del puesto definitivamente asignado. En este supuesto ya no se produciría la exclusión del proceso, sino que sería una renuncia a la condición de funcionario del art. 5.1.b) de la LO 9/2015, que supondría la pérdida de la condición de funcionario de carrera de la Policía Nacional.
Respecto a la factibilidad del retorno a la Administración de origen, si la renuncia se produce estando en situación de excedencia voluntaria, por prestación de servicios en el sector público o en disfrute de licencia por estudios, el derecho al reingreso en el cuerpo o escala de origen está regulado por la normativa de función pública y supeditado a la interpretación que realice la administración de procedencia. Por lo general, la pérdida de la condición de alumno o funcionario en prácticas en el nuevo cuerpo permitiría solicitar el reingreso al servicio activo o la adscripción provisional en la administración de origen, conforme a los plazos y procedimientos legalmente establecidos.
No obstante, conviene matizar que si la desvinculación se produjera por sanción disciplinaria u otros motivos específicos previstos en la normativa, las consecuencias jurídicas podrían variar.
10. ¿Es factible presentar renuncia tras la toma de posesión?
Como queda reflejado en la Base 15 de la convocatoria: “De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 del Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional, atendiendo a las peculiaridades de la función policial a la que el personal facultativo y técnico presta su apoyo, y para garantizar la atención a las necesidades que justifican la convocatoria de estas plazas, quienes accedieran a las mismas tendrán un compromiso de permanencia de cinco años a partir de la toma de posesión, durante el tiempo en el que esté vigente el compromiso no se podrá regresar al cuerpo, escala o categoría de la que procediera el funcionario o funcionaria.
El incumplimiento del compromiso de permanencia generará la reclamación del coste del proceso selectivo el cual queda establecido en la presente Convocatoria, en la cantidad de 3000 euros.”
En este supuesto se trataría de una renuncia a la condición de funcionario del art. 5.1.b) de la LO 9/2015, que supondría la pérdida de la condición de funcionario de carrera de la Policía Nacional.
11. ¿Es necesario algún tipo de uniformidad durante la realización del curso?
La realización de las fases: c) curso de especialización y d) módulo de formación práctica en puesto de trabajo, no requiere portar uniformidad alguna. Los opositores vestirán ropas civiles apropiadas a las actividades que en cada momento se desarrollen.
12. ¿La aceptación de acceso a la fase del curso de especialización ha de notificarse oficialmente?
No es necesaria notificación de la aceptación de acceso a la fase del curso de especialización. No obstante, la incomparecencia al curso de especialización o a la fase del módulo de formación práctica en el puesto de trabajo, así como el incumplimiento de la toma de posesión de la plaza asignada, por causas no justificadas, se entenderán renuncias tácitas.
13. ¿Qué tipo de retribuciones se reciben durante el curso de especialización y la fase de prácticas? ¿Es incompatible con recibir otras retribuciones? ¿El salario contemplado durante el curso de especialización incluye algún aspecto en materia de complementos del puesto de origen? ¿El salario contemplado durante la fase de formación práctica difiere de la de la fase del curso de especialización?
Según establece el Real Decreto 213/2003 que regula las retribuciones de los funcionarios en prácticas, el artículo 2 contempla específicamente la situación de los empleados públicos que ya prestan servicios en la Administración y superan un nuevo proceso selectivo, los cuales deberán optar al comienzo del periodo de prácticas o del curso selectivo por:
Opciones de retribución (Artículo 2, RD 213/2003)
- Opción A (Puesto de origen): Percibir las retribuciones del puesto de trabajo que venían desempeñando hasta la fecha del nombramiento como funcionarios en prácticas, más los trienios reconocidos.
- Opción B (Nuevo Cuerpo/Escala): Percibir el sueldo base y las pagas extraordinarias correspondientes al grupo/subgrupo del nuevo Cuerpo o Escala al que aspiran a ingresar, más los trienios reconocidos. Si las prácticas se realizan desempeñando un puesto de trabajo, el importe de las retribuciones anteriores se incrementarán en las retribuciones complementarias correspondientes a dicho puesto.
Aplicación práctica del cobro y pagador
- Si se elige la Opción A: El pago lo realiza el organismo de origen durante toda la fase de prácticas/curso selectivo hasta que se produzca el nombramiento definitivo como facultativo/Técnico
- Si se elige la Opción B: El pago pasa a realizarlo la Dirección General de la Policía:
- Fase teórica / Curso selectivo: Se perciben exclusivamente las retribuciones básicas (Sueldo del nuevo grupo + Trienios + Pagas extra).
- Fase de prácticas (desempeñando puesto): Se perciben las retribuciones básicas del nuevo grupo más las retribuciones complementarias asignadas al puesto de trabajo que se ocupe temporalmente durante esa fase práctica.
Policía Nacional
¡ATENCIÓN OPOSITORES DE EE41 Y BAS43!
Se recuerda que el plazo para la subsanación de aquellas instancias que han resultado excluidas finaliza el próximo 27 de agosto de 2026 a las 23:59 horas. Todas aquellas instancias que no queden subsanadas pasarán al estado de EXCLUIDO DEFINITIVO.
Se adjunta nuevamente las guías de subsanación para evitar que ninguno de estos opositores quede en situación de excluido, por tanto, se ruega que sigan las instrucciones que se adjuntan con la finalidad de que todas las situaciones queden subsanadas.
Policía Nacional
Guia de subsanación de incidencias en los procesos EB43 y EE41
Tras la publicación de la lista de excluidos provisionales en el Boletín Oficial de Estado (BOE), el personal aspirante que haya resultado excluido dispondrá de 10 días hábiles a partir del día siguiente al de la referida publicación para subsanar las incidencias de su instancia, para ello, se adjunta a continuación guías, según la causa de exclusión, para orientar el proceso de subsanación.
Policía Nacional
Noticia de interés opositores BAS43 y EE41
Se informa a las personas opositoras a los procesos de Escala Básica (promoción 43) y Escala Ejecutiva (promoción 41) que, el jueves 13 de agosto de 2026, se encuentra prevista la publicación de la lista provisional de excluidos en el BOE.
De igual manera, el día antes referido, se publicará, a través de este portal del aspirante, la lista provisional de ADMITIDOS y EXCLUIDOS de forma individualizada. De esta forma, cada persona opositora podrá ver, de forma personalizada, el estado de su instancia.
Facultativos y Técnicos
APTOS Y CURSO DE FORMACIÓN
ACUERDO DE 31 DE JULIO DE 2026 DEL TRIBUNAL CALIFICADOR POR LA QUE SE HACEN PÚBLICAS LAS LISTAS DE LAS PERSONAS QUE HABIENDO SUPERADO LAS FASES DE OPOSICIÓN Y CONCURSO SON CONVOCADAS A LA FASE DE CURSO DE ESPECIALIZACIÓN Y A LA FASE DE MÓDULO DE FORMACIÓN PRÁCTICA EN EL PUESTO DE TRABAJO DEL PROCESO SELECTIVO DE PERSONAL FACULTATIVO Y TÉCNICO DE LA POLICÍA NACIONAL.-
RESULTADOS FASE CONCURSO CON PLAZA
https://www.policia.es/portalaspirantes/group/escala-basica-ejecutiva/publicacionpolrec-11-29
RESULTADOS FASE CONCURSO SIN PLAZA ACPRL
https://www.policia.es/portalaspirantes/group/escala-basica-ejecutiva/publicacionpolrec-11-27
RESULTADOS FASE CONCURSO SIN PLAZA AS
https://www.policia.es/portalaspirantes/group/escala-basica-ejecutiva/publicacionpolrec-11-28
Policía Nacional
Noticia de interes opositores BAS42 y EE40
Con motivo de combatir la desinformación que se ha detectado, la cual se encuentra circulando por diversos canales de comunicación no oficiales, y con objeto de aclarar la planificación que se ha realizado para el curso 2026-2027 en la Escuela Nacional de Policía en la formación del alumnado de ingreso en la Escala Ejecutiva y en la Escala Básica, se comunica:
- El principal motivo del internado es el de reforzar los vínculos personales de las personas integrantes de las promociones, así como ayudar en la interiorización de los valores de la Policía Nacional.
- Además se ha tenido en cuenta evitar el coste económico que puede repercutir, a los policías alumnos y a las policías alumnas, residir en la ciudad.
Para compaginar ambos aspectos se ha considerado que, como cualquier organización del siglo XXI, se puede aprovechar la formación técnica a distancia, sin que en ningún momento se vea afectada la formación práctica, pues ya se ha usado esta técnica, y se está realizando en los cursos de promoción:
- El alumnado de Escala Básica estará el mismo tiempo en formación teórica a distancia: dos periodos de quince días hábiles. Por eso se adelanta la incorporación de quienes iniciarán el primer ciclo de formación a distancia.
- El alumnado de primer curso de la Escala Ejecutiva que podrá optar a residir en régimen de externado será el que previamente haya sido alumno de Escala Básica en régimen de internado.
La decisión tomada no tiene nada que ver con FRONTEX, que no se forma en España desde el pasado curso.
Pero sí ha habido que tener en cuenta que las promociones son superiores en número (lo que ha permitido el crecimiento de la Policía Nacional más allá de las tasas de reposición).
Se recomienda usar los canales oficiales para la obtención de información veraz, o para aclaración de dudas, evitando canales alternativos que pudieran tener otras intenciones o defender intereses ajenos al alumnado.
Policía Nacional
Noticia de interés pago de tasa en situación de desempleo
Se han recibido llamadas por parte de las personas opositoras a la convocatoria de BAS43 y EJE41 con dudas acerca de los requisitos que deben darse para solicitar el pago de tasas en situación de desempleo. Por ello se aclara que, para poder beneficiarse de esta situación, deben cumplirse los siguientes requisitos:
1. Figurar como demandante de empleo desde, al menos, el 10 de junio del presente año.
2. Informe negativo de rechazos facilitado por la correspondiente oficina de recursos públicos de empleo.
Todas aquellas personas que no reúnan los dos requisitos antes citados, no se podrán beneficiar de dicha situación por lo que su instancia no podrá cambiar al estado ADMITIDA hasta cumplir las dos condiciones.
Policía Nacional
ESCALA BÁSICA EB42. LISTA DE APROBADOS Y CONSULTA INDIVIDUAL BOE
Publicado en el BOE la lista de personas aprobadas en el proceso selectivo para cubrir plazas de alumnos/as aspirantes a ingreso en la Escala Básica de la Policía Nacional, se informa de que se podrá realizar la consulta de los datos completos mediante el acceso al portal del aspirante.
La publicación se ha realizado minimizando los datos expuestos, debido a una solicitud reiterada, habiéndose articulado un procedimiento informático que utiliza una función matemática para que los datos publicados queden asociados unívocamente a los datos completo de cada persona.
Facultativos y Técnicos
NOTA INFORMATIVA SOBRE INICIO DEL CURSO
NOTA INFORMATIVA
Se comunica a todas aquellas personas admitidas en la fase de concurso en el actual proceso selectivo para la provisión de plazas de personal facultativo y técnico de la Policía Nacional, aprobado por Resolución de la Dirección General de la Policía de 9 de enero de 2026 (B.O.E. nº 12 de 14 de enero de 2026), lo siguiente:
Que aquellas personas que superen la fase de concurso y sean declaradas admitidas a la fase del curso de especialización, serán convocadas oportunamente para la realización del mismo. Dicho curso de especialización tendrá una duración de tres meses de carácter selectivo, estando exento de su realización el personal funcionario de carrera de la Policía Nacional.
El curso de especialización se impartirá en las instalaciones de la División de Formación y Perfeccionamiento siendo las fechas de realización las siguientes:
a) Del 2 de septiembre al 2 de diciembre de 2026
1.- El curso de especialización se estructurará salvo causas sobrevenidas de la siguiente forma:
a) Jornada inicial presencial del curso de especialización. Día 2 de septiembre de 2026, en el Centro de Altos Estudios Policiales de la División de Formación y Perfeccionamiento, sita en la Plaza de Carabanchel nº 5 de Madrid.
b) Formación descentralizada. Dará comienzo el día 03 septiembre de 2026, finalizando el día 04 de octubre de 2026 inclusive.
c) Formación presencial del curso de especialización. A realizar en el Centro de Altos Estudios Policiales de la División de Formación y Perfeccionamiento,sita en la Plaza de Carabanchel nº 5 de Madrid, desde el 05 de octubre de 2026, hasta el día 02 de diciembre de 2026 (ambos inclusive).
2.- Las personas aspirantes que superen la fase de curso de especialización, iniciarán la fase del módulo de formación práctica en la sede del puesto de trabajo de la plaza adjudicada, que comenzará el día 3 de diciembrede2026 finalizando el día3 de marzo de 2027 (ambos inclusive).
Policía Nacional
ALUMNADO DE ESCALA EJECUTIVA Y ESCALA BÁSICA
En relación con la próxima incorporación de alumnado de Escala Ejecutiva (Inspector/Inspectora) y Escala Básica (Policía) a la Escuela Nacional de Policía (ENP), y a efectos de clarificar dudas, se comunica que:
- Todo el alumnado de primer curso de Escala Básica estará en régimen de internado en la ENP.
- El alumnado de primer curso de Escala Ejecutiva estará en régimen de internado en la ENP. Exclusivamente quienes hayan cursado previamente estudios en la Escala Básica de la Escuela Nacional de Policía en régimen de internado, podrán solicitar el régimen de externado.
Policía Nacional
ESCALA EJECUTIVA EE40. LISTA DE APROBADOS Y CONSULTA INDIVIDUAL BOE.
Publicado en el BOE la lista de personas aprobadas en el proceso selectivo para cubrir plazas de alumnos/as aspirantes a ingreso en la Escala Ejecutiva de la Policía Nacional, se informa de que se podrá realizar la consulta de los datos completos mediante el acceso al portal del aspirante.
La publicación se ha realizado minimizando los datos expuestos, debido a una solicitud reiterada, habiéndose articulado un procedimiento informático que utiliza una función matemática para que los datos publicados queden asociados unívocamente a los datos completo de cada persona.
Facultativos y Técnicos
NOTA INFORMATIVA
Se comunica a todas aquellas personas admitidas en la fase de concurso en el actual proceso selectivo para la provisión de plazas de personal facultativo y técnico de la Policía Nacional, aprobado por Resolución de la Dirección General de la Policía de 9 de enero de 2026 (B.O.E. nº 12 de 14 de enero de 2026), lo siguiente:
Con motivo de la reunión del tribunal de facultativos y técnicos celebrada el día 02/07/2026, y por ACUERDO del mismo, se determina que “TODAS las personas admitidas a la Fase de Concurso” dispondrán de un plazo de siete días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del ACUERDO para presentar los méritos establecidos en las bases de la convocatoria.
La documentación para la valoración de méritos preferiblemente deberá remitirse desde una dependencia de Policía Nacional a la Oficina de Registro,-REGPOL- 0040007 (SGRHF-UND PREVENCION Y RL Y PROTEC.SOCIO-SANITARIA). Por otra parte, si se tramitara desde una dependencia diferente a Policía Nacional, deberá remitirse al código- SIR EA0058890-, “Unidad de Prevención de Riesgos Laborales y Protección Socio-Sanitaria“.
Los archivos digitales deberán adjuntarse en formato PDF, con un único archivo PDF que incluya los diplomas y certificados de los diferentes cursos y actividades formativas que se presenten.
Los méritos que serán valorados habrán de estar fechados con anterioridad a la fecha límite establecida en el plazo de inscripción en el proceso selectivo.
Facultativos y Técnicos
RESULTADOS SEGUNDO EJERCICIO Y SUMATORIO FASE DE OPOSICIÓN. LISTA DE PERSONAS ADMITIDAS A LA FASE CONCURSO.
ACUERDO DE 02 DE JULIO DE 2026 DEL TRIBUNAL CALIFICADOR POR EL QUE SE HACEN PÚBLICAS LAS LISTAS DE LAS PERSONAS QUE HAN SUPERADO EL SEGUNDO EJERCICIO (ENTREVISTA PERSONAL) DE SELECCIÓN PARA EL PROCESO DE PERSONAL FACULTATIVO Y TÉCNICO Y PERSONAS ADMITIDAS A LA FASE DE CONCURSO.-
LA CONSULTA DE SU NOTA INDIVIDUALIZADA EN LA FASE DE OPOSICIÓN SE PODRÁ REALIZAR A TRAVÉS DEL SIGUIENTE ENLACE O A TRAVÉS DE LA SECCIÓN DE MIS INSCRIPCIONES:
https://www.policia.es/portalaspirantes/group/escala-basica-ejecutiva/publicacionpolrec-11-24
Seguridad Privada
02/2026. RESULTADOS Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
ACUERDO DE 26 DE JUNIO DE 2026 DEL TRIBUNAL CALIFICADOR POR EL QUE SE HACEN PÚBLICAS LAS LISTAS DE LAS PERSONAS PARTICIPANTES QUE HAN SUPERADO LAS PRUEBAS DE SELECCIÓN PARA VIGILANTE DE SEGURIDAD Y SU ESPECIALIDAD DE VIGILANTE DE EXPLOSIVOS, Y ESCOLTA PRIVADO EN LA CONVOCATORIA 02/2026 Y RELACIÓN DE REQUISITOS QUE DEBERÁ ACREDITAR CADA UNA DE ELLAS PARA SER DECLARADA APTA.
Policía Nacional
Comunicado aspirantes Escala Ejecutiva EE41 y Escala Básica BAS43
SE REITERA, debido a las numerosas llamadas recibidas, que tanto los temarios de la prueba de conocimientos, así como las pruebas físicas, correspondientes a Escala Ejecutiva (EJE41) y Escala Básica (BAS43) NO SUFRIRÁN MODIFICACIÓN ALGUNA respecto a su convocatoria anterior.
Facultativos y Técnicos
Información justificantes aistencia a procesos de facultativos y técnicos.
Se informa a todo el personal opositor que necesite un justificante de asistencia a la entrevista personal de Facultativos y Técnicos realizada los días 24, 25 y 26 de junio de 2026, en la Sede de la División de Formación y Perfeccionamiento, deberá remitir un correo electrónico a procesos.dfp@policia.es, identificándose e indicando el correo electrónico al que quiere que se le reenvíe.
Policía Nacional
Noticia convocatoria BAS43 Y EJE41
Se comunica a las personas aspirantes a la Escala Ejecutiva, convocatoria EJE41, y Escala Básica, convocatoria BAS43, que el temario de conocimientos, así como las pruebas que serán publicadas próximamente en las bases de dichas convocatorias NO sufrirán cambio alguno.