Ciencia Policial 184 (2025)

Ediciones Universidad de Salamanca / cc BY-NC-SA Ciencia Policial, 184, 59-86 76 CIENCIAPOLICIAL es decir, un consenso sobre el estatuto del fiscal instructor, se antoja imposible. Analizamos a continuación las tres iniciativas encaminadas a sustituir a la vigente Ley de Enjuiciamiento Criminal, todas ellas presididas por un dato esencial: la asunción por parte del ministerio fiscal de las funciones de dirección de la investigación penal bajo el control del juez de garantías, cumpliendo, así, con las exigencias constitucionales sobre la existencia de un proceso penal propio de una sociedad democrática avanzada, comprometido con los derechos fundamentales y orientado a una mayor imparcialidad objetiva del órgano judicial, atribuyendo la instrucción al ministerio fiscal. En contraste con lo anterior, los proyectos publicados hasta ahora de reforma global de la Ley Procesal Penal manejan modelos diferentes de Policía Judicial, basados en un concepto meramente funcional o bien en un concepto funcional y orgánico, como veremos enseguida. 6.1 Anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal de 20119 Como primera nota reseñable esta iniciativa venía acompañada de un anteproyecto de ley orgánica de desarrollo de los derechos fundamentales vinculados al proceso penal. 9. Según su Exposición de Motivos, “El modelo procesal inicialmente previsto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal de 1882 es hoy difícilmente reconocible después de sesenta y seis modificaciones, cuarenta y tres de ellas posteriores a la entrada en vigor de la Constitución en 1978. Algunas de estas disposiciones han supuesto importantes avances en nuestro proceso penal. Pero, en su conjunto, la sucesión de reformas parciales no ha dado solución a los problemas estructurales que arrastra el sistema vigente. El resultado final ha sido un texto desarticulado, en el que conviven con excesiva dificultad normas redactadas en tres siglos distintos que han de ser reinterpretadas constantemente por la jurisprudencia, lo que genera gran inseguridad jurídica. [...] La necesidad de una reforma integral de la Ley de Enjuiciamiento Criminal ha sido reconocida y demandada reiteradamente. Sin ir más lejos, hace ya diez años que en el denominado ‘Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia’ se estableció como objetivo básico la elaboración de una nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal”.

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