Ediciones Universidad de Salamanca / cc BY-NC-SA Ciencia Policial, 184, 115-137 131 Atlas historiográfico de la Policía Nacional de España (1824-2024) Carmona Obrero, F. J. Otro de los aspectos que se recogerán en el atlas que marcaron el modelo de la seguridad pública y de sus fuerzas de seguridad es el proceso de crisis y aniquilación del ordenamiento jurídico del Antiguo Régimen, un proceso que tuvo una de sus principales aristas en el proceso de codificación, que se vino sustentando en Europa por los racionalistas ilustrados para confeccionar un nuevo orden jurídico con “la idea de poder obtener un Derecho universal, justo, inmutable, emanado únicamente de la razón”; un derecho que se garantizó por el instrumento del código, limitando de esta forma la función y arbitrariedad del juez “derivado del sistema de fuentes del ‘Ius commune’: la función del juez es decir el derecho no legislar” (Sánchez 1999, 496). En esta forma de legislar, vinculada a la Revolución Liberal, se inició en Europa con la codificación constitucional, una ley fundamental del Estado y del ciudadano. En España, la “Constitución” de Bayona, término que fue utilizado en su época, de base liberal, vino a establecer por primera vez en España el Ministerio del Interior y el Ministerio de Policía, además de garantizar los derechos de la inviolabilidad del domicilio, como de la persona detenida, entre otros. A pesar de que “la vigencia de la Constitución de Bayona fue, de hecho, nula” ((Sánchez 1999, 7), y de contar con el apoyo de los afrancesados, deseosos de reformas, en contra de la corriente tradicionalista absolutista que mantuvo su propia identidad ideológica desde el reinado de Carlos III, se presta atención en el atlas a esta carta de Bayona, fundamentalmente por el impacto que produjo en los futuros planteamientos de la Administración española, en la vertiente de la seguridad. Los liberales españoles consiguieron aprobar la Constitución de Cádiz de 1812, que vino a enterrar, inicialmente, el Antiguo Régimen; considerando el principio de la soberanía nacional desde el primer debate en septiembre de 1810, la división de poderes, imponiendo una administración centralizada, dirigida en las provincias por el jefe político y garantizando un proceso inicial codificador en su artículo 258, amparado en la propia constitución. Posteriormente se aprobarían las Constituciones de 1837, 1845, 1869, 1876, 1931 y 1978. Se considera la carta otorgada de Bayona de 1808, como se ha referido, el Estatuto Real de 1834 y el proyecto de Constitución de 1873. Un enfoque, este de la perspectiva constitucional y la Policía, que no ha sido tratado por las investigaciones historiográficas, y que enriquece sin duda el atlas histórico de la Policía. En esta línea, se contempla el proceso de codificación especial con respecto a los códigos
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