Ediciones Universidad de Salamanca / cc BY-NC-SA Ciencia Policial, 184, 115-137 128 CIENCIAPOLICIAL el final de 1851 Ministerio de Gobernación, en esta última “sin que mediara disposición legal alguna” (Urquijo 2001, 37-52). Y en esta línea de interpretación expuesta, se detecta el cambio de rumbo en la Policía española por mor de la coligación entre los actores del liberalismo moderado y los reformistas realistas, a pesar de ciertas convulsiones sufridas a partir de este momento histórico, con la guerra desencadenada por el carlismo. Primero con las disposiciones legislativas de Francisco Javier de Burgos, recogidas en el atlas, y que, una vez analizadas con detalle, persiguieron, sobre todo en la normativa emanada en noviembre de 1833, el colocar a la Policía ante la ciudadanía; en su eje central para la que había sido creada en 1824, la persecución del crimen y para asegurar la pública tranquilidad, la presunción de inocencia, exigiendo de sus integrantes el máximo respeto a los ciudadanos, sin actitudes arbitrarias, y planteándose, en caso de violación de estos principios, la destitución del policía. De Burgos fue un reformista muy conocedor de los males de España, en diferentes planos, caso de la Hacienda o de la Administración civil. Pero estos fundamentos de Francisco Javier de Burgos no fueron exclusivos suyos, sino que vinieron precedidos del esfuerzo y de los planteamientos de esos reformistas realistas y liberales moderados que procuraron el sacar a España del atraso que sufría, y que algunas naciones de Europa consiguieron antes, entre cuyos objetivos estaban la Policía y su acomodo al liberalismo. El periodo de 1835 a 1844 constituye una fase de reformas en la Policía española, materializadas en distintas normas, claramente impulsadas por los actores políticos del momento, como ha acreditado Turrado Vidal. El carácter de este periodo está marcado por un liberalismo que tendió a ser más radical, de carácter plenamente progresista, en el que se encuadra la Constitución de 1837 y, más tarde, la misma tendencia de la que hizo gala el general Baldomero Espartero durante los tres años que duró su regencia, hasta que finalmente fue declarada la mayoría de edad de la reina Isabel II. El periodo no estuvo exento de la movilización de la ciudadanía y la constante creación de juntas provinciales que terminaron de ser encauzadas con la creación, entre otras, de las Diputaciones Provinciales a fin de conjurar la inestabilidad. Es una fase que el atlas, caso del decreto de octubre de 1835, incorpora con un análisis muy centrado en esos actores, algunos de los
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