Ediciones Universidad de Salamanca / CC BY-NC-SA Ciencia Policial, 183, 181-224 208 CIENCIAPOLICIAL etiológicos de los ciberdelitos contra la propiedad intelectual, como el sentimiento antiempresarial o los altos costos ‒reales o percibidos‒ de las obras amparadas por derechos de propiedad intelectual y, en este sentido, se refleja que “si los consumidores creen que existe una discrepancia injusta entre el valor, la calidad y el precio, buscan medios alternativos para obtener el bien (a un precio más bajo o mediante la piratería, la obtención, el acceso o el uso no autorizado de la propiedad intelectual de otro)”. Asimismo, en la exposición realizada por UNODC se finaliza indicando que también se ha sugerido por diferentes autores que el drástico incremento de la piratería digital desde finales de la década de 1990 se produjo como “respuesta pública al exceso de legislación en materia de protección de la propiedad intelectual”. No podemos obviar que el volumen de piratería digital (art. 270 CP) irroga elevadísimos perjuicios económicos a los titulares de los derechos de propiedad intelectual, puesto que se trata de un comportamiento globalizado, continuo y permanente. Nos hallamos ante una práctica extendida, generalizada, en la que se relativiza su carácter delictivo, se normalizan tales acciones y se asume su realización. A su vez, la descarga ilícita de contenidos se encuentra amparada por su facilidad de realización, toda vez que es sencillo, para cualquier usuario, acceder a portales web en que se ofertan tales ilícitos servicios. Además, el objeto sobre el que recae tal conducta es variado, plural y heterogéneo. No solo hacemos referencia a producciones audiovisuales ‒discos, películas, series o videojuegos‒, sino que también se propagan servidores, páginas, aplicaciones y servicios de mensajería con bibliotecas pirata, en las que se puede descargar cualquier libro. Mención especial merece, en sede de delitos contra la propiedad industrial (art. 274 CP), la existencia de portales web que venden falsificaciones de ropa de marca, de complementos, de joyas, de dispositivos electrónicos o de medicamentos, entre otros, a un precio inferior al del producto legítimo. Las TIC constituyen un gran cauce de difusión y propagación para estos mercados irregulares, que producen importantes mermas de facturación a las marcas legítimas. Además, se produce la paradoja de que, cuando se cierra o suprime un portal de este tipo, al poco tiempo se produce un traslado a otra página web o servidor en
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