Ediciones Universidad de Salamanca / CC BY-NC-SA Ciencia Policial, 183, 181-224 190 CIENCIAPOLICIAL de poca cuantía ‒el pago de unos impuestos especiales‒, si bien, efectuado el abono, nunca recibe la suculenta contraprestación prometida; (iv) la desconfianza en el sistema policial y/o judicial, ante la convicción de que no se va a descubrir al autor del delito ni se va a recuperar lo perdido; (v) el cálculo de intereses y la ponderación entre el coste temporal de un proceso judicial y los perjuicios sufridos con el ciberdelito; (vi) podemos agregar que, en el ámbito empresarial, el riesgo reputacional puede llevar a silenciar hechos delictivos para, precisamente, evitar que se dé una publicidad negativa. Piénsese en el caso de una entidad bancaria que sufre un ataque de ransomware ‒secuestro de datos‒ y prefiere abonar el rescate y omitir su denuncia, so riesgo de mostrarse en la opinión pública como vulnerable y carente de medidas de ciberseguridad, lo que puede disuadir a futuros clientes de confiar en ella. Estos son algunos de los argumentos ‒sin pretensión de exhaustividad‒ que nos mueven a afirmar, con un importante sector doctrinal, que en el ámbito de la ciberdelincuencia existe una relevante cifra negra. Así las cosas, Montiel Juan (2016) llama la atención sobre los problemas metodológicos en la medición de los ciberdelitos, y señala que la dificultad que presentan las estadísticas oficiales es que dependen de la forma en que se definen los delitos en cada legislación, lo que no necesariamente coincide con la definición criminológica del fenómeno tratado. Además, dicha autora indica que algunos fenómenos cibercriminales pueden implicar la comisión de diferentes delitos tipificados en los textos penales. Considera que la disociación entre los tipos penales y las formas de criminalidad produce un conocimiento muy fragmentario de estos fenómenos. Advierte que las encuestas de cibervictimización y/o ciberdelincuencia autorrevelada arrojan datos diferentes y muy superiores a las cifras oficiales. Mientras que algún autor ha puesto el acento de la cifra negra en elementos técnicos, como la facilidad de alteración de la huella informática, el anonimato en los ciberdelitos, o bien, “el simple hecho de que es necesaria una capacidad técnica mínima para navegar con pleno conocimiento de la Red” (López Gorostidi, 2021), o bien, en la rigidez en la presentación física de denuncias, frente a otros modelos policiales en los que se permite su presentación telefónica o telemática (Kemp, 2021).
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