Ediciones Universidad de Salamanca / CC BY-NC-SA Ciencia Policial, 183, 133-180 148 CIENCIAPOLICIAL garantizarles una protección adecuada, sin perjuicio de la decisión final que corresponderá adoptar al Juez o Tribunal. Todo esto se traduce en un trabajo de investigación documentado, con reflejo de la realidad fáctica percibida, la adopción de aquellas medidas restrictivas de derechos para las que están habilitados en función de sus propias atribuciones, la garantía de los derechos de las víctimas y, necesariamente, de la persona investigada. Hay que señalar que, ya se esté en presencia de un allanamiento de morada o de una usurpación pacífica inmobiliaria constitutiva de delito leve, denunciado el hecho la redacción del atestado se convierte en una exigencia procedimental indeclinable (AAPB 130/2024, de 6 de febrero, Secc. 9, Ponente: Ilmo. Sr. Sicilia Murillo, FJ 1.º; AAPB 206/2024, de 27 de febrero, Secc. 9, Ponente: Ilma. Sra. Sucias Rodríguez, FJ 9.º; SAPM 447/2018, 7 de junio, Secc. 2.ª, Ponente: Ilma. Sra. Compaired Plo, FJ 4.º) pues representa el documento inicial, riguroso y objetivo (STS 78/2021, de 1 de febrero, de la Sala II, Ponente: Excmo. Sr. Marchena Gómez, en su FJ 2.3.º) que, con valor de denuncia (SSTC 145/85, de 28 de octubre, FJ 4.º; 22/88, de 18 de febrero, FJ 3.º; 217/89, de 21 de diciembre, FJ 2.º; 51/95, de 23 de febrero, FJ 2.º; 303/93, de 25 de diciembre, FJ 4.º, entre otras), activa el mecanismo de funcionamiento de los actos procesales del órgano judicial, y donde se constatan los hechos adecuados para una calificación jurídica indiciaria y con apoyatura en evidencias documentales que tienen que nutrir la investigación policial. En atención a los rasgos expuestos infra, los ilícitos que se presentan al conocimiento policial motivan la instrucción del atestado, pero que, por su propia peculiaridad, singularmente la ocupación inmobiliaria, requiere un modo de instruir policialmente teniendo presentes determinados elementos. Así, como apunta la Instrucción 1/2020, de 15 de septiembre, de la Fiscalía General del Estado (FGE)
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