Ediciones Universidad de Salamanca / CC BY-NC-SA Ciencia Policial, 182, 15-69 39 Ciberseguridad vs ciberdelincuencia García Torres, M. L. El Reglamento define cuándo el prestador de servicios tiene una conexión sustancial con la UE. Esto ocurre si tiene un establecimiento en la Unión o en caso de no tenerlo, existe un número significativo de usuarios en uno o más Estados miembros, o si las actividades se orientan hacia uno o más Estados miembros. Y es que las direcciones IP, los números de acceso y la información conexa, es sin lugar a dudas, un dato esencial en una investigación penal, cuando no se conoce la identidad del autor del delito. Además, la IP constituyen el registro de una serie de acontecimientos tales como el comienzo y el final de la sesión de acceso de un usuario a un servicio. Es la dirección IP el que indica la interfaz de red utilizada durante la sesión de acceso, aunque a veces se necesita información adicional sobre el comienzo y el fin de una sesión de acceso de un usuario a un servicio, pues resulta habitual que las direcciones IP sean compartidas entre usuarios. La dirección IP constituye un dato personal y goza de la protección que dispensa la norma. Incluso, las direcciones IP pueden considerarse datos de tráfico. Asimismo, los números de acceso y la información conexa se consideran datos de tráfico en algunos Estados miembros. Si se produce una investigación en el seno de un proceso penal, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado pueden solicitar las autoridades policiales una dirección IP y los números de acceso e información conexa, para poder identificar al usuario, antes de que puedan solicitarse al prestador de servicios los datos de los abonados relacionados con ese identificador. Además, la dirección IP puede ser solicitada para conseguir información aún más sensible y que incide más la vida privada, tal es el caso de los contactos y el paradero del usuario, lo que puede suponer establecer un perfil de la persona afectada. A estos efectos, se crea la orden europea de producción y la orden europea de conservación. En ambos casos, serán emitidas por una autoridad judicial, aunque excepcionalmente, si lo único que se pretende a través de ellas es la identificación del usuario, también puede ser emitida por un fiscal.
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