Ediciones Universidad de Salamanca / CC BY-NC-SA Ciencia Policial, 182, 231-268 241 Pasado y presente de las armas químicas: consecuencias para la vida y el medio ambiente Cantero Berlanga, M. D.; Méndez Rocasolano, M. complejos industriales que pretendan la producción o vayan a producir sustancias de la Lista 3 deben ser declarados cuando inicien su actividad y, en todo caso, anualmente). Asimismo, y por su baja peligrosidad, no se incluye la obligación de declaraciones de conformidad para aquellas sustancias químicas que presenten una baja concentración. Si bien deberán presentarse dichas declaraciones cuando puedan suponer un peligro según su cantidad o por su facilidad de recuperación. Cabe mencionar que entre las obligaciones a la hora de declarar un complejo industrial (haciéndose extensible a todos aquellos originados a partir del 1 de enero de 1946) respecto a la Lista 3, se debe incluir cierta información, como la cantidad de sustancia producida en el año anterior (expresando las cuantías en ciertos tramos cuyo mínimo es de 30 toneladas y cuyo tramo máximo es más de 100.000 toneladas). Por otra parte, la CWC establece que se deben establecer ciertas medidas con la transferencia de sustancias químicas de la Lista 3 a Estados no Parte en la convención. De modo que cada Estado Parte debe tomar medidas para garantizar que dichas sustancias se utilicen exclusivamente para fines permitidos y, para asegurarse de esto, el Estado Parte que realiza la transferencia exigirá al Estado receptor un certificado7. Todas estas medidas tienen como objetivo garantizar la trazabilidad, previniendo la transferencia inadecuada o el uso indebido de sustancias químicas de la Lista 3, y que resultan similares a aquellas de la Lista 2, aunque de menor entidad (por ejemplo, la convención establece que cinco años tras la entrada en vigor de la convención se podrán aplicar otras medidas para estas sustancias químicas). En cierre, podemos aseverar que las principales diferencias entre la Lista 1, la Lista 2 y la Lista 3 se refieren a la clasificación de las sustancias químicas y su régimen de control. Las sustancias de la Lista 1 son sustancias químicas tóxicas que tienen 7. Dicho certificado deberá incluir, al menos, los siguientes aspectos y finalidades: a) que se utilizarán solo para fines permitidos por la convención; b) la prohibición de transferirlas nuevamente; c) los tipos y cantidades de las sustancias químicas; d) el uso final de las mismas; y e) el nombre y dirección del usuario final.
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