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CUERPO
NACIONAL DE POLICÍA
Grupo
Especial de Operaciones (GEO)
FUNCIONES G.E.O.
Las
operaciones en las que interviene el G.E.O. son aquellas que otros miembros
del Cuerpo Nacional de Policía no pueden realizar debido a su alta
peligrosidad o en las que se exige una especial cualificación,
como así lo refleja la Resolución de 27 de diciembre de
1989 en su apartado segundo refiriéndose a sus funciones, diciendo:
- Liberación
de personas secuestradas o tomadas como rehenes.
- Reducción
o neutralización de los integrantes de bandas terroristas,
grupos armados o delincuentes peligrosos.
- Apertura
y entrada en los lugares utilizados por los componentes de bandas
terroristas y de grupos de delincuencia organizada.
- Ejecutar
los dispositivos de protección de personas y bienes que se
les encomienden y precisen una especial cualificación.
- Prestar
servicio de seguridad en las sedes de las representaciones diplomáticas
y consulares de España en el extranjero, cuando se considere
oportuno.
- Realizar
reconocimientos subacuáticos tendentes a la búsqueda
de víctimas, artefactos explosivos o cualquier otro efecto
utilizado para la comisión de un hecho delictivo.
- Realizar
cualquier servicio cuya ejecución precise una especial cualificación.
Estas operaciones se justifican por el efecto disuasorio, intimidatorio
y resolutivo de los integrantes de la unidad, reduciendo el riesgo al
mínimo ante una posible respuesta de los delincuentes.
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