La placa-emblema está compuesta por el
Escudo Nacional, la leyenda “Cuerpo Nacional de Policía”,
y el número de identificación personal, troquelado
en la base del conjunto.
La identificación del personal no uniformado
de las distintas categorías, se hará necesariamente,
mediante la exhibición de ambos distintivos, mostrando
abierta la cartera porta-carné, de forma que puedan ser
apreciados perfectamente el anverso del carné profesional
y la placa-emblema.
Si la naturaleza de la intervención lo
requiere, podrá colocarse la cartera en algún lugar
de la vestimenta, de forma que quede visible la placa-emblema.
Cuando vistan uniforme, portarán obligatoriamente
la placa-emblema, con indicación del número de identificación
personal, en el pecho, por encima del bolsillo superior derecho
de la prenda de uniformidad, igualmente, llevarán las
divisas de la categoría a la que pertenezcan,
en las hombreras de la prenda superior y en la prenda de cabeza,
así como, en su caso, en el lugar específico que
para otras prendas se determine en la normativa de uniformidad.
Los directivos del Cuerpo Nacional de Policía,
portarán además sobre las solapas superiores del
cuello de la prenda exterior, el distintivo del cargo de acuerdo
a lo siguiente:
DISTINTIVOS DEL CARGO