COMISARÍA GENERAL DE SEGURIDAD CIUDADANA

JEFATURA UNIDADES INTERVENCIÓN POLICIAL

Funciones

El artículo primero del REAL DECRETO 1668/89, de 29 de diciembre, por el que se crean las Unidades de Intervención Policial, enumera las funciones generales de las Unidades de Intervención Policial:

a) Colaboración en la protección de SS. MM. los Reyes de España y altas personalidades nacionales y extranjeras.

b) Prevención, mantenimiento y restablecimiento, en su caso, de la seguridad ciudadana.

c) Intervención en grandes concentraciones de masas, reuniones en lugares de tránsito público, manifestaciones y espectáculos públicos.

d) Actuación y auxilio en caso de graves calamidades o catástrofes públicas.

e) Actuación en situaciones de alerta policial declarada, bien por la comisión de delitos de carácter terrorista o de delincuencia común y establecimiento de controles y otros dispositivos policiales.

f) Protección de lugares e instalaciones en los supuestos en que así se determine.

g) Intervención en motines y situaciones de análoga peligrosidad.

© Dirección General de la Policía | www.policia.es